La entidad Wizink, entidad especializada en la comercialización de “tarjetas revolving”, ha cambiado su oferta comercial tras el golpe asestado por la sentencia del Tribunal Supremo que determinó que había usura en los tipos de intereses que aplicaba en sus tarjetas, superiores al 26% TAE . Una semana después de conocerse el fallo, la primera medida adoptada por WIZINK ha sido rebajar de manera unilateral a todos los clientes sus tipos de interés en todas las tarjetas por debajo del 22% TAE.
Wizink con esta rebaja de tipo de interés no está haciendo ningún favor al consumidor ni está cumpliendo con la jurisprudencia del Supremo, sino que está intentando evitar devolver el dinero que el cliente ha pagado de más y que le tiene que devolver.
¿ Que ocurre si realizo una reclamación extrajudicial a Wizink?
Wizink a través de su departamento de atención al cliente se pone en contacto con el cliente via telefónica ofertando acuerdos amistosos, dichos acuerdos se trata de devoluciones ridículas de intereses (300-500 euros) sobre el saldo dispuesto a los titulares de estas tarjetas Wizink con la LETRA PEQUEÑA de que renuncien a futuras reclamaciones.
Wizink Bank está llevando nuevamente a cabo una estrategia para confundir a sus clientes y evitar así tener que devolver el dinero que ha cobrado de más”
Para que os hagáis una idea de lo ridículo que es la oferta, os ponemos un ejemplo práctico:
El titular de una tarjeta contratada en el 2012, con un saldo medio dispuesto de 6.000 euros, tiene derecho a que le devuelvan cantidades superiores a 10.000 euros. De la cuota abonada mensualmente, unos 130 euros se corresponderían a intereses mensuales generados por el saldo dispuesto pendiente, que si lo multiplicamos por 12 meses y posteriormente por 8 años nos daría el resultado de 12.480 euros.
Es decir, en las tarjetas en las que el cliente lleve abonando durante años la cuota, no solo deben dejarle la deuda en 0, sino que tal y como se están pronunciando nuestros tribunales le deben devolver todos los intereses pagados de más sobre el capital dispuesto.
Os dejamos el fallo de la última sentencia ganado por el despacho SOLORZANO & DE AVILES, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº3 de Ferrol ( Ord 756/18), en la que se reconoce la nulidad de la “tarjeta revolving” por USUARIA y se condena a Wizink a devolver a nuestro cliente 4.282,84 euros con condena en costas a la demandada:
“Que debo estimar y estimo la demanda presentada por , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Quiñoa Rico, contra la entidad mercantil WIZINK BANK, SA representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Gómez Molins, y, en consecuencia, debo declarar y declaró la nulidad radical del contrato de crédito litigioso, y condenando a la demandada la entidad mercantil WIZINK BANK, SA a pasar por esta declaración y a abonar al actor, , la cantidad de 4.282,84€ (cuatro mil doscientos ochenta y dos euros con ochenta y cuatro céntimos) la citada cantidad devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interpelación judicial hasta sentencia y desde esta hasta su completo pago los del art. 576 LEC”
Desde SOLORZANO & DE AVILES recomendamos que los afectados por las tarjetas WIZINK consulten su caso con un profesional para confirmar si tiene posibilidades de éxito en un procedimiento judicial.
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