En Solórzano & de Avilés, como despachos de abogados especializados en derecho bancario en A Coruña, contamos con un servicio especializado para aquellos que desean liberarse un poco de sus deudas al no poder seguir haciendo frente al cumplimiento de sus cuotas e intereses.
Con el fin de ayudar tanto a familias como a empresarios a ponerle solución a sus problemas financieros, traemos la guía definitiva que resuelve todas sus dudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad.
¿En qué consiste la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas endeudadas llegar a un acuerdo con los prestamistas sobre el pago de las deudas atendiendo a sus posibilidades económicas. Si no se llega a un acuerdo, se podría solicitar el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), el cual sí permite la cancelación total de las deudas.
Por lo tanto, esta ley es muy oportuna y conveniente para aquellas personas físicas que se encuentran en situación de quiebra económica y no tienen ningún mecanismo para hacer frente a sus deudas.
¿Cuáles son los beneficios de esta ley?
Antes de acogerse a esta ley, es recomendable negociar el pago de las deudas contraídas, es decir, optar por el Acuerdo Extrajudicial de Pagos el cual se basa en una negociación con el acreedor para establecer nuevas condiciones más flexibles que nos permitan la devolución de los préstamos.
Cuando este acuerdo no se consigue, podemos acogernos a la ley de Segunda Oportunidad. Dicha ley está dirigida a los autónomos o particulares que se encuentren en una situación sobreendeudamiento por lo que no pueden hacer frente al pago de las cuotas establecidas. Esta ley no se contempla para el caso de las empresas.
En concreto, con la Ley de Segunda Oportunidad la persona física puede:
- Desaparecer de los distintos listados de morosidad.
- Disponer nuevamente de tarjetas de crédito.
- Volver a solicitar otro tipo de préstamos o financiación.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Algunas de las condiciones que se deben cumplir para que la persona física pueda iniciar el proceso de solicitud y acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad son:
- La demostración de no disponer de un patrimonio que permita ser utilizado para hacer frente a las deudas contraídas. En caso de disponer de dicho patrimonio, este debe estar liquidado para que existan posibilidades de que sea concedida la Ley de Segunda Oportunidad.
- La buena fe del deudor basada en el intento de acuerdo extrajudicial, en no acudir a la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos 10 años, no haber sido declarado culpable de delitos económicos o sociales y no haber sido condenado por delitos contra la falsedad documental, Hacienda Pública, Seguridad Social.
- La no existencia de deudas millonarias. Concretamente, el total de deudas actuales no pueden superar los 5 millones de euros.
Estas son las tres cuestiones básicas que debe conocer sobre la Ley de Segunda Oportunidad. Si usted se encuentra en una situación en la que no puede hacer frente a sus deudas y está pensando en la posibilidad de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, puede ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados en A Coruña.
En Solórzano & de Avilés le facilitaremos un asesoramiento personalizado, estudiando en profundidad su caso para poner una solución beneficiosa a sus problemas financieros.